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Evolución del concepto persona


En una publicación anterior, nos referíamos al concepto persona y cómo éste evoluciona desde la idea de persona natural hacia una persona incorpórea que aglutina intereses colectivos, como pudieran ser las corporaciones, los collegium, los municipium, la universitas. A estas personas los romanos también les llamaron personas morales, o entes morales, en cuanto que la palabra “ente” se refiere al ser de las cosas y la palabra “mores” se refiere a las costumbres socialmente aceptadas. Ello debido a que las corporaciones, al principio, se constituían casi sin ninguna regulación, sino sólo tomando en cuenta los intereses y costumbres de los diversos grupos.

Las personas morales van a desarrollarse en dos ámbitos: el privado y el público.

En el público, un ejemplo sería el municipium y otro sería el fiscus (fisco) que sería el patrimonio de Roma, luego del emperador, al que se dotaba de derechos y obligaciones para que pudiera actuar como una persona natural en beneficio de los mismos romanos. También se tienen entre ellas a las personas formadas por grupos de recaudadores de impuestos constituidas por publicanos y a las formadas por grupos de artesanos.

En el ámbito privado encontramos a las asociaciones y fundaciones. Asociaciones (de “socius” – amigos) serían aquellas personas morales constituidas por personas para desarrollar intereses colectivos en beneficio de parte de la colectividad. Ejemplos de éstas son las asociaciones de “piae causae” (obras pías) que se dedicaban a cuidar de los templos, de los hospitales, de los asilos. También se dio el caso que a la herencia de un difunto se le tratara como una persona moral en tanto ésta era aceptada por los herederos. Esta persona llamada la “herencia yacente”, entonces, podía pagar deudas del fallecido o cobrar lo que a éste se le adeudara.

Y Fundaciones serían aquellas corporaciones que buscaban lo mismo que las asociaciones y que ni siquiera necesitaban de la intervención de personas, sino que se constituían con bienes y a las que luego se les dotaba de la capacidad de actuar como personas naturales para poder tener relaciones jurídicas con otras personas.

Lo importante de todas estas personas es que existían en un plano mental como ficciones legales, o como meras abstracciones y que podían actuar igual que una persona física. Duraban mientras el objeto o interés por el cual se constituían no se agotaba.

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